Sueldos ibermática 1996 1997 1998
01/01/1996
Sueldos ibermática convenio 1996 1997 1998
(pesetas)
ART. 18.- CLASIFICACIÓN PROFESIONAL
- El personal de IBERMÁTICA estará clasificado en una de las siguientes categorías:
- En las categorías comprendidas en la especialidad “COMERCIAL”, el salario convenio será de 80% del salario recogido en las tablas, considerándose el 20% restante como integrante de la parte de la retribución variable.
- Se garantizará en todo caso como mínimo el salario convenio que corresponde.
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